martes, 20 de diciembre de 2011

PE promulga la ley para el préstamo regalía cabildos

SANTO DOMINGO.- El Poder Ejecutivo promulgó este lunes la ley que autoriza al Banco de Reservas a financiar mil millones de pesos para el pago de la regalía pascual a los empleados de los ayuntamientos e instituciones descentralizadas.

La ley 360-11 también incluye a las juntas de distritos municipales y a la Liga Municipal Dominicana. 

El préstamo tiene un plazo de financiamiento de 11 meses e igual número de cuotas mensuales  consecutivas que incluirán capital e intereses.

La tasa de interés es de tipo preferencial para el sector público y en lo que tiene que ver con la fuente de repago las partidas presupuestarias están asignadas en el presupuesto correspondiente a cada institución para el 2012.

“Las entidades del Estado descentralizadas, autónomas, así como los ayuntamientos del país, juntas municipales del país, la Liga Municipal Dominicana, con el propósito de honrar el pago del salario de navidad de sus empleados, se encuentran obligadas a gestionar un financiamiento ante el Banco de Reservas de la República Dominicana para poder cumplir tales fines”, explica uno de los considerandos.

Resalta que de conformidad con el párrafo III del artículo tres de la ley 6-06, las referidas entidades no podrán endeudarse con el sistema financiero nacional sin la aprobación del Congreso, cuando el vencimiento de dicho endeudamiento supere el ejercicio anual presupuestario.

“Las entidades del Estado descentralizadas, autónomas no financieras, así como los ayuntamientos de los municipios y el Distrito Nacional, juntas municipales y la Liga Municipal Dominicana, se encuentran sujetos a las regulaciones previstas en la ley 6-06 de Crédito Público, de fecha 20 de enero de 2006 y su reglamento de aplicación”, dice otro de los considerandos.

Ejecutivo también promulga ley que autoriza emisión de títulos valores

El presidente Leonel Fernández también promulgó la ley que autoriza al Ministerio de Hacienda a colocar títulos valores de la deuda pública interna por un monto de RD$18, 363,385,917.

La legislación 361-11, fue aprobada por el Senado el 6 de este mes y el día 15 la Cámara de Diputados la convirtió en ley.

Los títulos valores autorizados mediante la referida ley serán colocados a través de la Dirección General de Crédito Público, una dependencia del Ministerio de Hacienda.

En su artículo 2, la legislación establece que el monto de la emisión de los títulos valores estará determinado por la modalidad de colocación que determine el Ministerio de Hacienda, siempre en el marco del tope máximo establecido.

Agrega que el monto autorizado deberá ser colocado dentro del ejercicio presupuestario del 2012, de acuerdo con la programación que al respecto disponga el Ministerio de Hacienda.

De igual manera, indica que la forma de colocación y adjudicación de la oferta primaria será mediante subasta pública organizada por la Dirección General de Crédito Público a nivel local y de acuerdo a su correspondiente reglamento.

Agrega que la tasa de los títulos valores en ningún caso podrá ser superior al 20% anual, mientras que los intereses serán pagaderos semestralmente, calculados sobre la base de los días calendarios de cada año, o el equivalente a base actual, es decir, que todos los meses y años se calculan por los días reales que tiene cada cual.

No hay comentarios:

Publicar un comentario