sábado, 16 de junio de 2012

TSE falla a favor de una de las acciones del grupo de Vargas


SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral acogió el recurso de amparo interpuesto por varios dirigentes del sector perredeísta de Miguel Vargas y dejó sin efecto la expulsión que en contra de ellos dictó la Comisión Política del PRD.
Los favorecidos con la sentencia son, entre otros, Víctor Gómez Casanova, Rafael Vásquez, Julio Maríñez, Anibal García Duvergé y otros que fueron expulsados por “alta traición” del PRD el pasado primero de junio, durante una sesión de la Comisión Política convocada por el sector del ex candidato presidencial Hipólito Mejía.
Se espera que en los próximos días el Tribunal conozca la demanda de nulidad que presentó Miguel Vargas Maldonado en contra de la suspensión de que fue objeto como presidente del PRD.
Los jueces del TSE ordenaron que a los referidos dirigentes les sean restablecidos “todos los derechos conculcados por la Comisión Política” de esa organización, entre ellos su condición de miembros y de las funciones directivas que tenían antes de que fueran dictadas las sanciones en su contra, el pasado primero de junio.
Asimismo, anularon cualquier disposición contraria o que afecte los derechos reestablecidos a los demandantes por esta decisión.
Ordenaron que esta sentencia le sea notificada a la Junta Central Electoral (JCE), a los fines de garantizar su ejecución inmediata.
Abogados de Hipólito se fueron
A pesar de que los abogados de Hipólito Mejía abandonaron el salón donde se reúne el Tribunal Superior Electoral (TSE), éste siguió conociendo la demanda en nulidad y el recurso de amparo presentado por el grupo de Miguel Vargas.
Eric Raful, Cristóbal Rodríguez y Eduardo Sanz Lovatón abandonaron el salón luego que los miembros del TSE rechazaran una solicitud que hicieron para que fuera aplazado el conocimiento de dichas instancias hasta que fuera "regularizada" la citación de un grupo de miembros de la Comisión Política del PRD a los cuales ellos dicen representar.
En la primera parte de la audiencia esos abogados argumentaron que 32 de 89 personas que representan no recibieron las notificaciones y que hubo irregularidades en las citaciones, lo que viola el derecho de defensa. Esto provocó que los jueces declararan un receso durante el cual la Secretaría del Tribunal estableció que de esas 32 personas solo faltó por notificar a Tommy Durán, Fantina Sosa y Pedro Sánchez.
De su lado, los representantes legales de Vargas se opusieron al pedido. Estos últimos son Eduardo Jorge Prats, Miriam Paulino y Santiago Rodríguez, quienes dijeron que el objetivo del bando contrario era que no se conociera el recurso de amparo.
Los jueces Mariano Rodríguez, Manuel Hernández Peguero, Mabel Feliz, Marino Mendoza y John Guiliani siguieron conociendo las iniciativas de Vargas, las cuales fueron presentadas luego que él fuera suspendido como presidente del PRD y expulsados los dirigentes Aníbal García Duvergé, Julio Maríñez, Víctor Gómez Casanova y Rafael Vásquez.
La audiencia tiene lugar en el edificio del Instituto de Recursos Hidráulicos (Indrhi), en el Centro de los Héroes, donde opera temporalmente el nuevo Tribunal Supremo Electoral. Allí agentes antimotines de la Policía redoblaron la seguridad para evitar que se repitan los incidentes como los del pasado viernes en los que resultaron cuatro personas heridas.
Solicitan prohibición para Andrés Bautista
Los abogados de Vargas calificaron como "un irrespeto" la actitud de sus contrarios, y dijeron que la actitud que han asumido y pidieron al tribunal que prohiba a Andrés Bautista cualquier actuación en la JCE hasta que el TSE decida sobre la demanda en nulidad, que busca revocar la suspensión del presidente del PRD y otros miembros.
 Texto completo del fallo
A continuación, el texto in extenso el fallo adoptado a unanimidad por los jueces del Tribunal Superior Electoral:
"El Tribunal Superior Electoral, con motivo de la acción de amparo, contra las resoluciones Sexta, Séptima y Décima, adoptadas por la Comisión Política el 01 de junio de 2012 por algunos miembros del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y solicitud de medida cautelar contra dichas resoluciones, incoada el 5 de junio de 2012, a unanimidad de votos, en Nombre de la República, FALLA:
"PRIMERO: Se pronuncia el defecto de los accionados debidamente representados por falta de presentar conclusiones al fondo de la presente acción de amparo.
"SEGUNDO: Rechaza por improcedente, mal fundados y carentes de sustento legal, los medios de inadmisión planteados por los accionados debidamente representados, alegando falta de calidad, de derecho para actuar, de interés, falta de objeto y la extemporaneidad de la presente acción.
"TERCERO: Declara de oficio, de conformidad con el artículo 188 de la Constitución de la República y 52 de la Ley Núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, la nulidad de los literales "c" y "d" del artículo 35 de los Estatutos Generales del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), por los mismos ser violatorios al artículo 69 de la Constitución, que consagra como garantías a los derechos fundamentales la tutela judicial efectiva y el debido proceso.
"CUARTO: Acoge en cuanto al fondo la presente acción de amparo, incoada por los señores Aníbal García Duvergé, Julio Maríñez Rosario, Víctor Gómez Casanova y Rafael Francisco Vásquez Paulino, y en consecuencia, se ordena, de manera inmediata, al Partido Revolucionario Dominicano y a cualquiera de sus órganos competentes, así como a los accionados debidamente representados, Ing. Rafael Hipólito Mejía Domínguez, Luis García Mercado, Carlos Gabriel García, Nelson Camilo Landestoy, Miguel David Collado, Alberto Elías Atallah Lajan, Robert Darío Polanco Tejada, Bezaida Manola Santana, Jinette Alt. Bournigal, Víctor Pichardo Custodio, Ana María Acevedo, Josefa Castillo Rodríguez, Manuel Antonio Durán, Tomás Hernández Alberto, Rafael Fafa Taveras, Héctor Cruz, Mario Torres, Francisco Peña Taveras, Jean Luis Rodríguez, Juan Roberto Rodríguez, José Ulises Rodríguez Guzmán, Fausto Liz, Andrés Lugo, Milagros Ortiz Bosch, Víctor Milciades Soto, Ramón Toribio, Miguel Ángel Taveras, Pedro Richardson, Carlos Grullón Mejía, Elido Alcántara, Andrea Difó, Loren Girón, Elido Alcántara hijo, Regina Buret, Príamo Ramírez, Venancio Alcántara, Leonardo Porcella, José María Díaz, Siquió NG de la Rosa, Rafael Santos, Dario Castillo, Robert Arias, Luis Ernesto Camilo, Wellington Arnaud, Rafael Urbaez, José Ignacio Paliza, Tony Raful, Arturo Martínez Moya, Luis Catano, Sergio Grullón, Erick Terrero, Cesar Matías, Jorge Ramírez, Belgica Soler, Ramón Acosta, Adán Peguero, Fermín de la Cruz, Ramón Medina, Heriberto Regalado, Ramón Molina, Nelson Estévez, Eddy Terrero, Alberto Despradel, Luz del Alba Thevenín, Hazin Terrero, Pablo Valentín, Pastora Méndez, Rolfi Rojas, Héctor Grullón Moronta, Héctor Pérez Tobar, Eduardo Sanz Lovatón, Ángel Acosta, Ramón Concepción, Jorge Amado, Simón Freund y Fabio Ruiz Rosendo; el restablecimiento de los derechos conculcados de los accionantes, sobre su membresía y sus funciones directivas dentro del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), por lo que, se declara nula cualquier disposición contraria o que afecte los derechos restablecidos a los accionantes por esta disposición.
"QUINTO: Se ordena la notificación de la presente decisión a la Junta Central Electoral (J CE), a los fines de garantizar su total ejecución.
"SEXTO: Se declara el proceso libre de costas por tratarse de una acción de amparo, de conformidad con el artículo 66 de la Ley Núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
"Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de junio de dos mil doce (2012)".

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