domingo, 3 de noviembre de 2013

Embajador RD critica al Senador Espaillat

SANTO DOMINGO.- El embajador dominicano en Washington, Anibal de Castro, criticó a su compatriota Adriano Espaillat, senador del Estado de Nueva York, por haber calificado recientemente de injusta la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre la nacionalidad de los hijos de inmigrantes indocumentados que nacen en la República Dominicana.
En una misiva a Espaillat, el diplomático y periodista  dice que ha visto “con verdadera alarma” las declaraciones del referido senador y que lamenta que, al igual que muchos, él base sus juicios “en las tantas manipulaciones noticiosas e interpretaciones erróneas que se han vertido, algunas con la intención deliberada de enturbiar la imagen de la República Dominicana o en obediencia a propósitos políticos perversos”. 
Espaillat, quien es nativo de Santiago de los Caballeros y aspira a un escaño en la Cámara de Representantes en Washington, dijo recientemente que el blanco principal de la sentencia del Tribunal Constitucional son los inmigrantes haitianos en la República Dominicana y que los dominicanos en Estados Unidos tienen que presionar para un debate nacional “sobre esta injusticia".
La carta
El texto de la carta del embajador De Castro al senador Espaillat es el siguiente:
“D. Adriano Espaillat
Senador del Estado de Nueva York
Nueva York, Estados Unidos
Señor congresista:
He visto con verdadera alarma sus declaraciones sobre la sentencia del Tribunal Constitucional de septiembre 23 último que estatuye sobre la nacionalidad dominicana. Lamento que, al igual que muchos, base sus juicios en las tantas manipulaciones noticiosas e interpretaciones erróneas que se han vertido, algunas con la intención deliberada de enturbiar la imagen de la República Dominicana o en obediencia a propósitos políticos perversos. 
No hay tal desnacionalización ni se tiene como blanco segmento poblacional alguno. En el caso particular de la señora Juliana Deguis Pierre,  objeto de la sentencia, el Tribunal ha garantizado su derecho al acceso a documentación civil.  No se dispuso su deportación, sino que la JCE le reintegre su certificado de nacimiento y lo remita  al tribunal correspondiente para determinar su validez, en concordancia con las leyes dominicanas. Asimismo, las autoridades migratorias han emitido ya un permiso de residencia temporal para la señora Pierre y están obligadas a proceder de la misma manera en todos los casos similares, con el debido respeto a las particularidades de cada uno de ellos.
La sentencia no afecta a todos los hijos de inmigrantes nacidos en el país. Aquellos con al menos un progenitor residente legal son y continuarán siendo de nacionalidad dominicana. La cantidad de personas afectadas, por lo tanto, es solo una fracción de los estimados alarmistas. Entre los años 2008-2013, la Junta Central Electoral dominicana sometió 16,945 actas de nacimiento a la Dirección de Inspección para su evaluación. De estas, solo 1,088 (6%) fueron suspendidas provisionalmente por razones de duplicidad, suplantación y otras incongruencias. Los esfuerzos de la JCE por erradicar las irregularidades en el Registro Civil tampoco se limitan a la identificación de violaciones migratorias. Durante los años del 2007-2013, la JCE canceló 42,015 cédulas de identidad, de las cuales  tan solo 410 (1%) fueron suprimidas debido a falsos reclamos de nacionalidad.
Como cualquier Estado, la República Dominicana posee la potestad soberana de determinar los requerimientos para que un individuo adquiera su nacionalidad (Convención de La Haya, 1930). La mayoría de países operan bajo el principio de ius sanguinis, o alguna versión restringida del ius soli. La práctica de ius soli no calificado es la excepción  y no la regla, y la Constitución dominicana  restringe el principio desde el siglo pasado.  No hay tal reatroactividad en la aplicación de la ley pues se trata de una sentencia ajustada a principios constitucionales que datan del siglo pasado. A partir del  1929, se ha establecido que los hijos de personas en tránsito, un estatus legal temporal, no son elegibles para la nacionalidad dominicana y  la institución judicial  ha asimilado la práctica, como se comprueba repetidamente en las decisiones de casación.
En el año 2005, la Suprema Corte de Justicia dominicana se pronunció sobre el caso de hijos de inmigrantes ilegales, y concluyó que: “si los nacidos de padres legalmente en tránsito quedan excluidos de la adquisición automática de la nacionalidad, los hijos de aquellos que no pueden justificar su entrada legal o estadía en el país no pueden beneficiarse de un derecho mayor.” ¿Por qué tanto escándalo en esta oportunidad, si la sentencia del Tribunal Constitucional reafirma otra de ocho años atrás?
Contrario a algunos alegatos recientes, la apatridia no es un problema en el caso específico de  los hijos  de inmigrantes ilegales haitianos. El Artículo 11 de la Constitución de Haití establece que: “cualquier persona nacida de padre o madre haitianos que no hayan renunciado a su nacionalidad poseen la nacionalidad haitiana al momento de su nacimiento”. Por lo tanto, aquellas personas nacidas en el territorio dominicano de padres haitianos tienen pleno derecho a la nacionalidad haitiana y no deben ser considerados apátridas.
La sentencia a que usted alude procede de la más alta corte del país. No es una decisión del Gobierno dominicano, pero sí vincula a todos los poderes del Estado y debe ser obedecida so pena de socavar la institucionalidad.  Interesadamente, los críticos eluden referirse a la parte novedosa: a los afectados se les proveerá con permisos de residencia temporales hasta tanto se implante el Plan de Regularización. Los casos serán examinados de manera individual y sujetos al debido proceso judicial. Las especulaciones sobre deportaciones masivas son totalmente infundadas. Por el contrario, el Plan de Regularización incidirá de manera positiva en  la condición de aquellos extranjeros irregulares en el país, ofreciéndoles un estatus temporal y posteriormente vías hacia residencia permanente o nacionalidad de acuerdo a sus condiciones y aspiraciones individuales. Le pregunto, señor congresista, ¿no les satisfaría grandemente a los dominicanos sin estatus migratorio en Nueva York  y que carecen de derechos que nosotros sí otorgamos  en nuestro país sin pedir papeles, obtener estas facilidades que la República Dominicana, un país pobre y sobrepoblado, dará a los extranjeros en su territorio?
La imposibilidad de  obtener la nacionalidad dominicana de manera automática en forma alguna infringe el respeto a los derechos humanos. La decisión del tribunal no limita la mayoría de los derechos civiles que disfrutan las personas que se encuentran bajo la jurisdicción de la República Dominicana, incluyendo el libre acceso a servicios públicos como la salud y la educación. El sistema de salud de la República Dominicana provee asistencia universal gratuita sin requerir que los pacientes presenten documento de identidad alguno,  y el Ministerio de Educación ha reiterado que la ausencia de documentación no impide la matriculación en centros educativos públicos a personas de edad escolar. En adición, la legislación laboral dominicana protege a los trabajadores de cualquier nacionalidad independientemente de su estatus legal. Las cortes laborales están abiertas a todos y fallan sin prejuicio a favor de trabajadores ilegales cuyos derechos han sido violados de acuerdo a las leyes dominicanas. 
El Gobierno dominicano está comprometido con la implementación de una política migratoria clara y transparente, acorde con la Constitución y las leyes dominicanas y siempre respetuosa de los derechos humanos y acuerdos internacionales. Continuará,  por lo tanto,  sus esfuerzos para implementar la legislación vigente y las medidas dispuestas por la sentencia sin desmedro del bienestar de aquellos afectados.
Me suscribo a sus órdenes para cualquier información adicional que necesite. Le anexo una copia de la sentencia del Tribunal Constitucional para que directamente, y sin necesidad de intermediación mediática, pueda apreciar el valor de la pieza, clave para corregir problemas de larga data en el país donde usted nació.
Con deferencia,
Aníbal de Castro
Embajador”

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