sábado, 10 de septiembre de 2011

Fallo a favor Nuria Piera; mandan Euclides Gutiérrez Félix a parar amenazas


SANTO DOMINGO.- La Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional falló a favor de Nuria Piera el  el recurso de amparo que interpuso la comunicadora contra el superintendente de Bancos, Euclides Gutiérrez Félix.

En su sentencia, la jueza Maritza Capellán Araujo, le ordena al funcionario cesar todas las amenazas contra la periodista y sus patrocinadores.

Asimismo, lo conmina a abstenerse de realizar actuaciones similares contra anunciantes o cualquier otro periodista, programa o medio de comunicación, a fi de preservar la libertad de expresión y de información de todos los dominicanos.



Dispone en un plazo de tres días a partir de la notificación de la sentencia, Gutiérrez Félix  notifique a todos los anunciantes que intimó mediante acto de alguacil número 780 el pasado 22 de agosto, e el que advertía que son compromisarios de los actos de “difamación e injuria” en que incurriera la periodista Piera.

Advierte que  de no cumplir con el mandato, la sentencia le impone de 10 mil pesos por cada día de desacato.

Asimismo, la jueza Capellán Araujo, declaró inadmisible de oficio, por carecer de objeto, el pedido de la defensa del funcionario de que se rechace la participación de “intervinientes voluntarios” en la acción de amparo.

En tanto que declara buena y válida la intervención voluntaria de Juan Bolívar Díaz, Rafael Toribio, Luis Eduardo Lora, Ana Selaman, Ana Mitila Lora, Ramón Colombo, Miguel Guerrero, Javier Cabreja y otros, que estuvieron representados por los abogados Francisco Álvarez y Nassef Perdomo.

Luis Rivas y Laura Acosta,abogados de Piera dijeron que “este es un gran triunfo para el sistema democrático, para la libertad de expresión y de los derechos fundamentales de República Dominicana. Este triunfo no es de Nuria Piera, ha triunfado el periodismo de investigación. Es una sentencia ejemplarizadora. Es un síntoma de que podemos seguir confiando en la justicia dominicana”.

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